Trámites para obtener la licencia de vivienda turística en Alicante

Si estás pensando en aprovechar tu vivienda de Alicante para rentabilizar la inversión alquilandola como uso turístico o quieres comprar una vivienda para este fin, antes de seguir leyendo, te recomendamos que nos contactes y nos cuentes tu caso:

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Ahora sí, puedes seguir leyendo, en este artículo te explicaremos todo lo necesario para obtener la licencia de vivienda turistica en Alicante.

¿Qué es la licencia de vivienda turística?

La licencia turística para una vivienda en Alicante es un requisito obligatorio que habilita al propietario para que su vivienda pueda ser utilizada en régimen de alquiler turistico y publicitada como tal en portales de reservas vacacionales.

¿Qué es el alquiler turistico?

Es un tipo de alquiler pensado para fines turísticos, de vacaciones o de ocio, normalmente turistas que vienen a pasar días a la ciudad y quieren alquilar una vivienda. El tiempo máximo del alquiler es de 2 meses y la vivienda debe ser alquilada en su totalidad.

¿Donde se debe presentar la solicitud de licencia turística en Alicante?

Se presenta inscribiendo la vivienda en el registro de turismo de la Comunitat Valenciana.

¿Qué documentación es obligatorio presentar?

Declaración responsable por el propietario o titular de la vivienda: De esta forma ponemos en conocimiento de la administración turística el inicio de actividad de viviendas de uso turístico. Al presentar la declaración, el propietario debe asegurar:

-Que la vivienda dispone de los requisitos exigidos por la normativa para su clasificación en la categoría y capacidad comunicada, y que tales requisitos se mantendrán durante la vigencia de la actividad.

-Que la vivienda dispone del informe favorable municipal de compatibilidad urbanística que permite el uso turístico.

-Que la vivienda dispone de licencia de ocupación.

– Que el establecimiento cuenta con un seguro de responsabilidad civil u otra garantía equivalente para cubrir los daños y perjuicios que puedan provocar en el desarrollo de su actividad.

Junto con la declaración responsable, deberemos adjuntar:

  • Planos de la vivienda firmados por el técnico competente y habilitado.
  • La cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, según sea el caso.
  • Escritura de compraventa, contrato de arrendamiento, de cesión o algún documento que acredite la disponibilidad del inmueble.
  • Documento de Identidad, ya sea DNI o pasaporte del titular de la vivienda.

Para realizar estos trámites, te aconsejamos que contrates los servicios de una empresa especializada en tramitar la licencia de vivienda turística en Alicante.

¿Qué ocurre si me conceden la licencia?

En ese caso, mi vivienda ya podrá ser alquilada bajo esta modalidad y obtendré un número de registro oficial, el cual será necesario publicarlo en todos los canales donde aparezca el alojamiento.

¿Qué normativas debo tener en cuenta a la hora de dar de alta mi vivienda como turística?

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE nº236 de 02.10.2015)
– Ley 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana. (DOGV nº8313 de 08.06.2018)
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (BOE nº236 de 2/10/2015)
– Decreto 15/2020, de 31 de enero, del Consell, de disciplina turística en la Comunitat Valenciana. (DOGV nº8737 de 06.02.2020)
– Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, de aprobación del Reglamento regulador del alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana. (DOGV nº9015 / 08.02.2021).

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