Licencia de Apertura para Vivienda de Uso Turístico
Tramitamos Licencias de Apertura para Viviendas de uso Turístico.
¿Qué es la Licencia de Apertura para Vivienda de uso Turístico?
Es una declaración responsable que realiza el propietario o titular de la vivienda, donde se establece que la vivienda es apta para ser utilizada con fines turísticos. La licencia de apertura de la vivienda de uso turístico es para viviendas ubicadas en un edificio en régimen de propiedad horizontal, sin residenciales y su propiedad es individual. Su emisión, es regida por las especificaciones de cada Comunidad Autónoma.
¿Cuáles son las diferentes modalidad de alojamientos de uso turístico?
Apartamento turístico.
Hostales.
Hoteles.
Pensión.
Turismo Rural.
Viviendas de Uso Turistico.
¿Cuál es la documentación necesaria para tramitar la Licencia de Apertura para Vivienda de uso Turístico?
Cada Comunidad Autónoma establece sus propios requisitos para tramitar la licencia de apertura para viviendas de uso turístico, pero, por normal general, la documentación necesaria es:
Declaración responsable por el propietario o titular de la vivienda.
Planos de la vivienda firmado por el técnico competente y habilitado.
La cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, según sea el caso.
De existir, la escritura de constitución de la sociedad.
Escritura de compraventa, contrato de arrendamiento, de cesión o algún documento que acredite la disponibilidad del inmueble.
Documento de Identidad, ya sea DNI o pasaporte del titular de la sociedad.
La Licencia de Apertura para Vivienda de Uso Turístico se compone de 2 estapas
Certificado de compatibilidad urbanística que acredite que la vivienda cumple con el uso al que será destinado (permitido).
Comunicación de Actividad Inocua o Declaración Responsable Ambiental donde conste la redacción de la memoria, planos y los demás documentos técnicos que sean necesarios.
¿Dónde se tramita la Licencia de Apertura para Vivienda de uso Turístico?
Las normativas que regulan las viviendas de uso turístico, establecen, que la tramitación es competencia de cada Comunidad Autónoma. Por lo tanto, son realizadas en el Ayuntamiento en donde se encuentre establecida la vivienda.
Tramitación presencial
La tramitación presencial se realiza en la siguiente dirección:
Plaça de l’Ajuntament, 1, 03002 Alacant
Teléfono: 966 90 08 86
Horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas